

El Poder Ejecutivo remitió al Congreso un proyecto de ley para reformar la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA), una iniciativa que plantea una modificación integral del funcionamiento de la autoridad monetaria. El mensaje de elevación, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo, propone redefinir los objetivos del organismo, reforzar su independencia, limitar el financiamiento al sector público y modificar el régimen de administración de las reservas y de distribución de utilidades.
La iniciativa deberá ser debatida por ambas cámaras del Congreso antes de convertirse en ley. De aprobarse, implicará cambios sobre la Ley 24.144, que regula la Carta Orgánica del Banco Central, además de derogar artículos de la Ley de Convertibilidad y de la Ley de Administración Financiera.
La remisión del proyecto al Congreso fue anunciada horas antes por el Presidente Javier Milei en una cadena nacional de aproximadamente 15 minutos, en la que presentó la reforma como uno de los ejes de un paquete de iniciativas económicas e institucionales que el Gobierno buscará impulsar durante el segundo semestre. Además de la modificación de la Carta Orgánica del Banco Central, el mandatario adelantó que enviará proyectos vinculados al mercado de capitales, el sistema de seguros y una iniciativa denominada por el Ejecutivo como “grillete fiscal”.
Durante su mensaje, Milei sostuvo que el objetivo de la reforma es impedir que el Banco Central pueda financiar al Estado mediante emisión monetaria y afirmó que la iniciativa busca reforzar la independencia de la autoridad monetaria. También señaló que el proyecto procura establecer como misión exclusiva del organismo la preservación del valor de la moneda y modificar las reglas para la designación y remoción de sus autoridades.
El Presidente dedicó buena parte de su discurso a explicar los fundamentos económicos de la propuesta y cuestionó el uso histórico del Banco Central como fuente de financiamiento del Tesoro. En ese marco, sostuvo que la emisión monetaria para cubrir el déficit fiscal fue una de las principales causas de la inflación en la Argentina y planteó que el nuevo marco legal buscará impedir que futuros gobiernos puedan recurrir nuevamente a ese mecanismo.
La cadena nacional también funcionó como la presentación pública del proyecto que ingresó formalmente al Congreso bajo el Mensaje N.º 226/2026. El texto enviado por el Poder Ejecutivo desarrolla en detalle los seis ejes de la reforma, que incluyen el nuevo mandato del Banco Central, el fortalecimiento de su independencia institucional, la prohibición del financiamiento monetario al sector público, un nuevo régimen para la distribución de utilidades, medidas de saneamiento del balance de la entidad y cambios operativos en la administración de las reservas internacionales.
Un nuevo objetivo para el Banco Central
Uno de los cambios centrales del proyecto consiste en modificar el mandato del Banco Central. La propuesta establece que su “misión primaria y fundamental” será preservar el valor de la moneda, reemplazando el esquema vigente que también le asigna objetivos vinculados con la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.
Según el mensaje enviado al Congreso, la intención es volver al criterio previsto en el texto original de la Carta Orgánica de 1992, bajo el argumento de que un mandato único permite definir con mayor claridad las responsabilidades de la autoridad monetaria. El documento también elimina facultades relacionadas con la orientación del crédito hacia determinados sectores productivos, al considerar que esas funciones no corresponden a un banco central.
En términos prácticos, el cambio implicaría que la política monetaria tendría como objetivo prioritario la estabilidad del valor de la moneda, mientras que otras metas económicas quedarían bajo la órbita del Gobierno nacional y de otras áreas de la administración pública.
Mayor independencia institucional
Otro de los ejes de la reforma apunta a fortalecer la autonomía del Banco Central respecto del Poder Ejecutivo.
El proyecto modifica el régimen de remoción del presidente y de los directores del organismo. En caso de aprobarse, las autoridades solo podrían ser desplazadas por causas expresamente previstas en la ley, como incapacidad sobreviniente, incompatibilidades, incumplimiento de prohibiciones o una falta grave en el ejercicio de sus funciones. Además, la remoción requeriría la aprobación previa de ambas cámaras del Congreso por una mayoría de dos tercios de los miembros presentes.
La iniciativa también elimina la participación permanente del ministro de Economía, o de un representante de esa cartera, en las reuniones del directorio del Banco Central, una posibilidad contemplada por la normativa vigente. Asimismo, propone derogar la obligación de que el organismo emita una opinión previa sobre determinadas operaciones de endeudamiento externo del Estado nacional.
Fin del financiamiento monetario al Tesoro
El aspecto de mayor alcance económico del proyecto es la eliminación de los mecanismos mediante los cuales el Banco Central puede asistir financieramente al sector público.
La propuesta deroga la figura de los adelantos transitorios al Tesoro Nacional, una herramienta utilizada históricamente para cubrir necesidades financieras del Estado mediante emisión monetaria. Además, incorpora una prohibición expresa para que el Banco Central otorgue préstamos al Gobierno nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios.
También establece que la autoridad monetaria no podrá adquirir títulos públicos nacionales en el mercado primario, lo que impediría financiar al Tesoro mediante la compra directa de deuda pública.
De acuerdo con el mensaje oficial, estas modificaciones buscan impedir tanto el financiamiento directo como otras vías indirectas de asistencia monetaria al sector público. El documento señala que el marco legal vigente todavía habilita un volumen importante de adelantos transitorios, aunque esa herramienta no haya sido utilizada durante la actual administración.
Cambios en el uso de las reservas internacionales
El proyecto también modifica el régimen jurídico de las reservas internacionales del Banco Central.
Entre otras medidas, propone derogar el artículo 6 de la Ley de Convertibilidad, que regulaba el esquema conocido como “reservas de libre disponibilidad”. Según el mensaje del Poder Ejecutivo, esa normativa permitió durante distintos períodos utilizar reservas internacionales para cancelar obligaciones del Estado nacional mediante la entrega de letras intransferibles al Banco Central.
Al mismo tiempo, la iniciativa incorpora a la propia Carta Orgánica el principio de inembargabilidad de las reservas y actualiza el listado de activos externos en los que el organismo podrá invertir, incluyendo oro, activos financieros líquidos y otros instrumentos admitidos para operaciones propias de banca central.
Nuevo régimen para distribuir utilidades
Otro capítulo de la reforma modifica las reglas para la distribución de utilidades del Banco Central.
El proyecto establece que únicamente podrán transferirse al Tesoro ganancias realizadas y líquidas, excluyendo aquellas originadas por diferencias de cambio o por variaciones en el valor del oro. Esos resultados pasarían a integrar cuentas de capital o reservas especiales y no podrían utilizarse para financiar gasto público.
Además, antes de cualquier transferencia al Gobierno nacional, el Banco Central deberá recomponer eventuales pérdidas acumuladas y mantener reservas equivalentes, al menos, al 50% de su capital. Cuando existan excedentes distribuibles, el proyecto dispone que solo podrán girarse al Tesoro con destino exclusivo a la cancelación de deuda pública.
Un mecanismo transitorio para sanear el balance
La iniciativa incorpora un régimen especial destinado a reducir el stock de letras intransferibles y adelantos transitorios que actualmente integran el activo del Banco Central.
Mientras esas obligaciones permanezcan vigentes, determinados resultados contables del organismo deberán aplicarse exclusivamente a cancelar esas deudas entre el Tesoro y la autoridad monetaria. El proyecto también prorroga automáticamente los vencimientos de los adelantos transitorios hasta su cancelación definitiva.
Según el mensaje oficial, el objetivo es mejorar gradualmente la composición del balance del Banco Central sin habilitar nuevas transferencias destinadas al financiamiento del gasto público.
¿Qué impacto tendría la reforma?
Si el Congreso aprueba el proyecto, el funcionamiento del Banco Central quedaría sujeto a un nuevo marco institucional.
Entre los principales efectos previstos por la iniciativa se encuentran:
- la redefinición del objetivo principal del Banco Central como preservación del valor de la moneda
- mayores requisitos para remover a las autoridades del organismo
- la prohibición de otorgar financiamiento monetario al Estado mediante préstamos o compra directa de deuda
- nuevas reglas para el uso de reservas internacionales
- cambios en la contabilización y distribución de utilidades
- un mecanismo transitorio para reducir la exposición del Banco Central frente al Tesoro Nacional
En términos institucionales, el proyecto representa una de las reformas más amplias de la Carta Orgánica desde la modificación introducida en 2012. De prosperar en el Congreso, alteraría aspectos centrales del vínculo entre la política monetaria y la política fiscal, redefiniendo el rol del Banco Central dentro del esquema económico actual. Hasta tanto el debate parlamentario concluya y, eventualmente, la ley sea sancionada y promulgada, continuarán aplicándose las disposiciones actualmente vigentes.





