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Qué pasará con alquileres, tarjetas y controles de precios si cae el mega DNU de Milei

El decreto 70/2023 introdujo cambios en distintas áreas de la economía, con la desregulación como eje. Las implicancias de la discusión en Diputados

Qué pasará con alquileres, tarjetas y controles de precios si cae el mega DNU de Milei

El gobierno de Javier Milei busca evitar que la Cámara de Diputados rechace el DNU 70/2023, conocido como “mega DNU”. Si bien la oposición aún no tiene los votos para ello, uno de los argumentos del oficialismo para disuadir a otros bloques es que la caída del decreto podría generar una situación compleja en distintas áreas de la economía, desde el mercado inmobiliario hasta el sistema financiero.

Restablecido por un fallo de la Corte Suprema, el artículo 154 del decreto que deroga la Ley de Tierras y sus restricciones para la venta de tierras rurales a extranjeros se convirtió en la excusa de la oposición para someter a votación el DNU en el marco de la Ley 26.122 que le otorga al Congreso el control sobre la validez de los decretos de necesidad y urgencia.

En efecto, la caída del decreto volvería a poner en vigencia la Ley de Tierras (26.737), que fija un límite del 15% del territorio para la compra por parte de extranjeros. Pero el “mega DNU” tiene más de 300 articulos que modificaron o derogaron normas de todo tipo y la ley no permite derogarlo por partes: el Congreso lo avala o lo descarta totalmente. El Senado ya lo rechazó en 2024 y si la Cámara de Diputados hace lo mismo la medida perderá toda vigencia.

Todos los contratos o actos jurídicos realizados bajo la vigencia del DNU 70 seguirían siendo válidos y no sufrirían ninguna modificación retroactiva. Sin embargo, hacia adelante se daría una reconfiguración inmediata para el comercio, el sector inmobiliario y el sistema financiero respecto de cómo funciona hoy.

¿Qué puede cambiar en alquileres y tarjetas si cae el “mega DNU” de Milei? 

Uno de los efectos más directos de la caída del “mega DNU” se daría en el mercado de alquileres. Si bien los contratos actuales firmados bajo la “libertad de acuerdo entre partes” que introdujo el decreto conservarían sus plazos y monedas pactadas, los nuevos deberán regirse nuevamente por la Ley de Alquileres (27.551).

Esa norma, que fue derogada por el DNU, volvería a entrar en vigor, lo que implica el retorno del plazo mínimo legal obligatorio de tres años para los contratos y la actualización anual mediante el IPC (índice de inflación). Además se restringiría la posibilidad de pactar el cobro en moneda extranjera.

En el plano financiero, el DNU eliminó el límite legal que prohibía a los bancos cobrar intereses punitivos desproporcionados por mora en el pago de tarjetas. Su derogación restablecería los topes a las tasas que fijaba la Ley Tarjtas de Crédito (25.065), así como las comisiones máximas cobradas por los emisores a los comercios.

Góndolas, comercio exterior y registro automotor

La eventual caída del DNU implicaría la restitución automática de un paquete de leyes de regulaciones y supervisión estatal sobre el comercio que habían sido derogadas, como la Ley de Abastecimiento (20.680), la Ley de Góndolas (27.545) y el Observatorio de Precios.

Con esto, el Estado recuperaría facultades legales para monitorear márgenes de ganancia, inspeccionar stocks o exigir una distribución equitativa del espacio en góndolas para distintas marcas. Se sabe que Milei rechaza ese tipo de intervención, por lo que si quisiera eliminarlas debería hacerlo vía ley del Congreso.

En el área del comercio exterior, caerían las simplificaciones del Código Aduanero que introdujo el “mega DNU” y volverían a regir controles y registros previos para las operaciones de importación y exportación. También allí, la desregulación que defiende Milei y su ministro Federico Sturzenegger debería plasmarse en un proyecto de ley.

Por otra parte, el DNU descentralizó el registro automotor y los trámites burocráticos, con lo que habilitó la radicación en cualquier registro del país. La caída del decreto generaría, entre otras cosas, que vuelva a ser obligatoria la cédula azul.

Salud privada, prepagas y el Instituto de la Yerba Mate

En tanto, en el sector de la salud privada, la derogación del decreto dejaría sin efecto la liberación total de las cuotas para las empresas de medicina prepaga y el Estado volvería a tener facultades para regular los aumentos tarifarios. El tema, igualmente, aún presenta objeciones judiciales.

Respecto de los medicamentos de venta libre, volverían las restricciones para la venta fuera de las farmacias y entraría nuevamente en vigor la obligación de prescripción por nombre genérico, medidas que habían sido derogadas por el decreto fundacional de la gestión de Milei.

Otros cambios se darían en el sector aerocomercial y la política de “cielos abiertos” del Gobierno. El DNU flexibilizó el acceso al mercado aerocomercial y habilitó que empresas extranjeras puedar hagan vuelos de cabotaje. Con la eventual derogación volvería la prioridad para Aerolíneas Argentinas u otras radicadas en el país, lo que limitaría las operaciones de las low-cost o las de capital internacional.

Por el lado de las economías regionales, la caída del DNU le devolvería al Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) la potestad histórica de fijar precios de referencia para la hoja, entre otros cambios normativos que estableció la gestión libertaria desde su inicio.

En efecto, el DNU 70/2023 fue la primera medida que adoptó Javier Milei tras asumir la Presidencia. Anunciado por cadena nacional y tan peleado en la Justicia (donde aún se mantienen suspendidos numerosos artículos sobre leyes laborales, societarias y más) como en el Congreso, vuelve a ser objeto de la pelea política, con las restricciones para la venta de tierras a extranjeros como telón de fondo.

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