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El Gobierno busca impedir el cobro de impuestos provinciales en oficinas nacionales y lleva la pelea con Kicillof a la Corte

El gobierno de Javier Milei lleva hasta las últimas instancias su pelea con el gobierno de Axel Kicillof por el cobro de impuestos provinciales en oficinas que dependen de Nación y este martes acudió a la Corte Suprema.

La disputa es por el cobro de los Impuestos provinciales a los Automotores y de Sellos en dependencias del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, algo que se realiza desde hace más de 30 años a partir de un convenio que data de 1991.

Con la excusa desregulatoria, el Ministerio de Justicia de la Nación comunicó en agosto de 2024 la caducidad del aquel convenio del 91. Tras eso, la Agencia de Recaudación bonaerense, Arba, sacó una resolución donde dispuso que los registros debía seguir actuando como agentes de percepción de esos impuestos.

El gobierno libertario judicializó esa resolución al denunciar un “desbordamiento de competencias provinciales en detrimento del esquema federal”.

Un juez de primera instancia hizo lugar a la cautelar solicitada por Nación pero, en septiembre pasado, la Cámara Federal de La Plata revocó ese fallo y restituyó la potestad de la Provincia de poder cobrar esos impuestos en las ventanillas del Registro Automotor.

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Ahora, el Ministerio de Justicia presentó un recurso de queja que tramita en la Secretaría Judicial N° 4 del Máximo Tribunal pidiendo que la Corte revoque la decisión de la Cámara del martes pasado, que declaró inadmisible el recurso extraordinario que había interpuesto en rechazo al fallo de segunda instancia.

“No existe lugar a dudas que la convalidación de la inconstitucionalidad e ilegitimidad de la Resolución N° 26/2024, configura un supuesto de gravedad institucional que habilita la revisión por parte del máximo tribunal”, señalan los apoderados del Ministerio de Justicia nacional en la presentación de este martes a la Corte a la que tuvo acceso LPO.

En el fallo de Cámara señaló que las cuestiones de fondo deben resolverse en una sentencia definitiva y no en una cautelar, además de marcar que las oficinas del Registro Automotor funcionaron como agentes de recaudación durante 34 años sin afectar el servicio registral.

 La disputa es por el cobro de los Impuestos provinciales a los Automotores y de Sellos en dependencias del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, algo que se realiza desde hace más de 30 años a partir de un convenio que data de 1991. 

Lo que está en juego con esta disputa es la cobrabilidad inmediata de esos tributos. Una interrupción intempestiva del cobro de esos impuestos en las oficinas donde se vienen pagando hace más de tres décadas, podría impactar directamente en la percepción de tales tributos y, por ende, de la recaudación provincial.

En Arba habían celebrado el fallo de la Cámara al señalar que “ratifica las potestades tributarias de las provincias y, en particular, su facultad para administrar tributos directos como el de este caso”. 

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