{"id":28707,"date":"2024-10-15T20:55:00","date_gmt":"2024-10-15T20:55:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/415331-afip-caza-contribuyentes-con-inteligencia-artificial-como-hace"},"modified":"2024-10-15T20:55:00","modified_gmt":"2024-10-15T20:55:00","slug":"afip-usa-inteligencia-artificial-para-detectar-irregularidades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/2024\/10\/15\/afip-usa-inteligencia-artificial-para-detectar-irregularidades\/","title":{"rendered":"AFIP usa inteligencia artificial para detectar irregularidades"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"media_block\"><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/latecordoba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/afip-usa-inteligencia-artificial-para-detectar-irregularidades.jpg\"><\/div>\n<div><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/latecordoba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/afip-usa-inteligencia-artificial-para-detectar-irregularidades.webp\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<p>Desde hace algunos a\u00f1os atr\u00e1s <strong>los diferentes fiscos, nacionales y provinciales, utilizan a la inteligencia artificial<\/strong> para medir los desv\u00edos de los cumplimientos tributarios de los contribuyentes. <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/415206-afip-domicilio-fiscal-electronico-fecha-limite-monotributistas-octubre\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">La Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos<\/a>, la utiliza en los controles sist\u00e9micos aplicados sobre los impuestos y las obligaciones laborales. Por otro lado, las oficinas de Rentas provinciales elaboran indicadores de riesgo fiscal que utilizan para diferenciar a los contribuyentes de acuerdo a la conducta tributaria que registran.\n<\/p>\n<p>Asimismo, en el sistema tributario rigen presunciones que utilizan los fiscos para determinar obligaciones tributarias. Algunos indicadores, como el de la capacidad operativa de las empresas, no est\u00e1n reglamentados en las normas y permiten que la AFIP, de manera arbitraria, utilice este argumento para impugnar las deducciones del gasto en el impuesto a las ganancias, no permitir el c\u00f3mputo del cr\u00e9dito fiscal del IVA y desautorizar la devoluci\u00f3n de los cr\u00e9ditos en los comprobantes vinculados con bienes o insumos incorporados a exportaciones.\n<\/p>\n<p>Estas cuestiones &#8220;subjetivas&#8221; producen que las discusiones entre las empresas y los organismos fiscales lleguen a la justicia, con diferentes resultados: a favor y en contra del contribuyente.\n<\/p>\n<h2>La inteligencia artificial aplicada a los impuestos nacionales<\/h2>\n<p><a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/415244-moratoria-afip-triple-vencimiento-con-grandes-adherentes-y-pymes\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">La AFIP<\/a> emiti\u00f3 la Resoluci\u00f3n 5364, actualizando un conjunto de acciones de control sist\u00e9mico de cumplimiento de los contribuyentes, que causa consecuencias en el estado de funcionamiento de la CUIT del contribuyente. Una falta puede provocar descender a emitir facturas &#8220;M&#8221;, en lugar de las &#8220;A&#8221;, que adem\u00e1s de tener un mal aspecto comercial, genera cargas administrativas y reg\u00edmenes de retenci\u00f3n agravados que perjudican la situaci\u00f3n financiera de las empresas, m\u00e1s en \u00e9pocas de alta inflaci\u00f3n.\n<\/p>\n<p>Este tipo de controles se basan en <strong>utilizar los sistemas de informaci\u00f3n para recolectar datos que est\u00e1n informatizados<\/strong>. Se verifica el cumplimiento de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social de los contribuyentes, denominado &#8220;Sistema de Acciones de Control Electr\u00f3nico&#8221; (SIACE)\n<\/p>\n<p>Las acciones que se desarrollan son de verificaci\u00f3n y de control por medio de inducciones, comunicaciones, requerimientos, fiscalizaciones, tendientes a promover el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales.\n<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General 4294, de la AFIP, aprob\u00f3 el &#8220;Sistema de Capacidad Econ\u00f3mica Financiera (Sistema CEF)&#8221;, que sirve como uno de los instrumentos para la gesti\u00f3n de riesgos, en materia de administraci\u00f3n tributaria, impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Dicho sistema se basa en los datos brindados por el propio contribuyente y\/o por terceros, con relaci\u00f3n a su condici\u00f3n y actividad econ\u00f3mica, patrimonial y financiera que tiene.\n<\/p>\n<p>Este sistema se encuentra disponible en el sitio &#8220;Web de la AFIP, ingresando al servicio &#8220;Sistema Registral, opci\u00f3n &#8220;Capacidad Econ\u00f3mica Financiera. Desde dicha opci\u00f3n se puede tomar conocimiento de la valoraci\u00f3n asignada, como tambi\u00e9n de las funciones y opciones propias del sistema.\n<\/p>\n<p>El Sistema CEF contempla una f\u00f3rmula que calcula mensualmente una valoraci\u00f3n de la Capacidad Econ\u00f3mica Financiera de cada contribuyente, que podr\u00e1 consistir en un importe determinado. Dicho par\u00e1metro ser\u00e1 considerado representativo de su capacidad para realizar, en principio, ciertos actos econ\u00f3micos y sus consecuencias tributarias o para las operaciones de comercio exterior.\n<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n 4132, la AFIP estableci\u00f3 un r\u00e9gimen de control sist\u00e9mico y peri\u00f3dico sobre la emisi\u00f3n de comprobantes de los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado a fin de determinar la clase de comprobantes que se les habilita a emitir.\n<\/p>\n<p>Como resultado del control realizado se podr\u00e1 autorizar a emitir exclusivamente comprobantes clase &#8220;M&#8221; cuando se verifique sobre el contribuyente lo siguiente:\n<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Inconsistencias en la relaci\u00f3n entre los montos facturados y la capacidad t\u00e9cnico-econ\u00f3mica<\/strong> para realizar las prestaciones de servicios y\/o ventas de bienes.<\/li>\n<li>Irregularidades o incumplimientos vinculados a las obligaciones fiscales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los par\u00e1metros de control son:\n<\/p>\n<ol>\n<li>Relaci\u00f3n montos de facturaci\u00f3n\/Personal declarado\/Actividad\/es declarada\/s.<\/li>\n<li>Relaci\u00f3n montos de facturaci\u00f3n\/acreditaciones bancarias.<\/li>\n<li>Relaci\u00f3n montos de facturaci\u00f3n\/bienes registrables.<\/li>\n<li>Relaci\u00f3n montos de facturaci\u00f3n\/pagos de impuestos realizados.<\/li>\n<li>Calificaci\u00f3n asignada por el sistema inform\u00e1tico denominado &#8220;Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)&#8221;.<\/li>\n<li>Informaci\u00f3n de terceros.<\/li>\n<li>Falta de presentaci\u00f3n de declaraciones juradas determinativas.<\/li>\n<li>Falta de presentaci\u00f3n del r\u00e9gimen informativo de compras y ventas.<\/li>\n<li>Relaci\u00f3n inconsistente entre el d\u00e9bito fiscal y el cr\u00e9dito fiscal del impuesto al valor agregado.<\/li>\n<li>Diferencias relevantes entre el d\u00e9bito fiscal declarado en el impuesto al valor agregado y d\u00e9bito fiscal facturado en forma electr\u00f3nica.<\/li>\n<li>Inconsistencias en el domicilio declarado.<\/li>\n<li>Antig\u00fcedad como empleador.<\/li>\n<\/ol>\n<p><span><strong>El &#8220;Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER),<\/strong> establecido por la resoluci\u00f3n 3985, consiste en un sistema inform\u00e1tico de calificaci\u00f3n que realiza la AFIP en procesos de evaluaci\u00f3n mensuales sobre el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes.<\/span>\n<\/p>\n<p>Se identifica su comportamiento fiscal y en funci\u00f3n de ello se le asigna una categor\u00eda concediendo o limitando los beneficios vinculados con la recaudaci\u00f3n, devoluci\u00f3n y\/o transferencias de impuestos y recursos de la seguridad social, seg\u00fan el caso de que se trate. Tambi\u00e9n, de acuerdo con la categor\u00eda, se otorgan beneficios diferenciales en la solicitud de planes de facilidades de pago y otras gestiones.\n<\/p>\n<p>Para determinar la categor\u00eda se tienen en cuenta la existencia de: <strong>Incumplimiento de pago; cuotas impagas en planes de facilidades vigentes o caducidades;<\/strong> falta de presentaci\u00f3n de declaraciones juradas o presentaciones de IVA sin movimiento; reiterados cambios de domicilio o su estado; falta de adhesi\u00f3n al <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/380752-la-afip-mejora-el-domicilio-fiscal-electronico\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Domicilio Fiscal Electr\u00f3nico<\/a>; facturas ap\u00f3crifas; relaci\u00f3n d\u00e9bito\/cr\u00e9dito alejada de los par\u00e1metros de la actividad; quiebra declarada o en tr\u00e1mite; concurso preventivo; procesos judiciales o causas penales; fiscalizaci\u00f3n con ajustes significativos sobre los impuestos declarados; inclusi\u00f3n en la central de deudores del Banco Central de la Rep\u00fablica Argentina.\n<\/p>\n<p>La evaluaci\u00f3n se realizar\u00e1 mensualmente y de acuerdo con el comportamiento observado se asignar\u00e1 alguna de la siguientes cinco categor\u00edas de riesgo fiscal: a) Categor\u00eda A: Muy Bajo; 2) Categor\u00eda B: Bajo; 3) Categor\u00eda C: Medio y Nuevas Altas. 4) Categor\u00eda D: Alto y 5) Categor\u00eda E: Muy Alto\n<\/p>\n<h2>AFIP implementa controles sist\u00e9micos laborales<\/h2>\n<p>Por medio de la Resoluci\u00f3n 4128, la AFIP est\u00e1 habilitada a descontar parte o toda la deuda previsional que posee una empresa en el momento que un banco le otorga un pr\u00e9stamo. Las instituciones financieras, por medio de la ley 14.499, ya tienen la obligaci\u00f3n de requerir la constancia de libre deuda previsional a todos los que son empleadores previamente al otorgamiento de un cr\u00e9dito.\n<\/p>\n<p>De esta manera, las instituciones financieras deben hacer la verificaci\u00f3n ingresando al servicio denominado &#8220;Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales&#8221;, que funciona desde la p\u00e1gina Web de la AFIP. Los bancos estatales, adem\u00e1s del control anterior, adicionalmente tienen que revisar que el solicitante del pr\u00e9stamo no se encuentre incluido en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), que fuera creado por la ley 26.940.\n<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n General 4087 de la AFIP, determina que los contribuyentes que no sean confiables en temas de seguridad social,&nbsp;podr\u00e1n tener acceso limitado para hacer tr\u00e1mites en la p\u00e1gina Web del organismo.\n<\/p>\n<p>Tanto la ANSES como la AFIP al detectar determinados incumplimientos o inconsistencias laborales registrados como empleadores, <strong>podr\u00e1n considerar al contribuyente (persona o empresa) como&nbsp;&#8220;no confiable&#8221; en materia de seguridad social. <\/strong>Las diferencias pueden tener que ver con la n\u00f3mina de los trabajadores incluidos o los faltantes en las declaraciones juradas y con la documentaci\u00f3n respaldatoria de las relaciones laborales.\n<\/p>\n<p>El fisco determina frecuentemente, a trav\u00e9s de Resoluciones Generales indicativas, la cantidad m\u00ednima de trabajadores que deber\u00eda poseer cada empresa seg\u00fan la actividad que desarrolla y el tama\u00f1o que tiene. Si el contribuyente est\u00e1 incluido, por cualquiera de los dos organismos, en la base de &#8220;contribuyentes no confiables&#8221;, deber\u00e1 presentar una nota solicitando el cambio de estado administrativo que presenta el n\u00famero de CUIT ante el Fisco.\n<\/p>\n<p>Por ese motivo, la AFIP podr\u00e1 solicitar que se regularice la inconsistencia para poder habilitar plenamente el uso del CUIT y la Clave de ingreso a su p\u00e1gina Web, y de esta manera le permitir\u00e1 al contribuyente &#8220;estar activo&#8221; para poder actuar comercialmente. A pesar de que la limitaci\u00f3n de realizar actividades podr\u00eda violar derechos constitucionales.\n<\/p>\n<p>El resultado de la evaluaci\u00f3n se refleja en el denominado &#8220;Estado Administrativo de la CUIT&#8221; por los que se limita con diferentes grados de acceso a operaciones de los servicios que la AFIP tiene habilitados en su p\u00e1gina Web.\n<\/p>\n<p><span>Estos diferentes grados de acceso a la p\u00e1gina, si bien no cancelan formalmente la inscripci\u00f3n del contribuyente como ocurr\u00eda anteriormente, <strong>limitan la actividad que se puede desarrollar hasta tanto se solucionen los incumplimientos que fueron detectados preventivamente por la AFIP.<\/strong><\/span>\n<\/p>\n<p>A trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n de la AFIP (3739), se dispuso que las sentencias laborales firmes que se produzcan por reclamos sobre pagos de diferencias salariales, originadas en relaciones laborales no registradas y por acuerdos conciliatorios homologados, tendr\u00e1n que ser comunicadas por los juzgados laborales al organismo tributario para que este reclame el ingreso de los aportes y contribuciones omitidos.\n<\/p>\n<p>La obligaci\u00f3n de informar sobre los resultados de los litigios ya estaba prevista en varias leyes laborales. La informaci\u00f3n que debe brindarse est\u00e1 relacionada con la identificaci\u00f3n del trabajador, los datos de su empleador y la base imponible, detallada mes a mes, que sirve de base para la liquidaci\u00f3n de las cargas sociales.\n<\/p>\n<p>Con esa informaci\u00f3n, la AFIP procede a liquidar las diferencias de los aportes y contribuciones no ingresadas m\u00e1s los intereses resarcitorios calculados por todo el per\u00edodo reclamado. Junto con la deuda de capital e intereses, el fisco aplicar\u00e1 las sanciones previstas en las normas de contrato de trabajo\n<\/p>\n<h2>Impuestos: los riesgos fiscales provinciales<\/h2>\n<p>Las Provincias establecen reg\u00edmenes de recaudaci\u00f3n, en los que se crean retenciones y percepciones del impuesto sobre los ingresos brutos y de retenciones bancarias (SIRCREB). Estos sistemas aplican tasas variables de adelanto del tributo, establecidas por matrices de riesgo fiscal determinadas en funci\u00f3n del cumplimiento que registra cada contribuyente.\n<\/p>\n<p>Todos los adelantos que se aplican, en las diferentes jurisdicciones, hacen que en las declaraciones juradas mensuales que presentan los contribuyentes se acumulen saldos a favor que, en muchos casos, producen inmovilizaci\u00f3n de dinero al que no se les aplica ninguna actualizaci\u00f3n por inflaci\u00f3n. En general las empresas desconocen los porcentajes que retienen los clientes, las percepciones de los proveedores y los bancos por las retenciones sobre las acreditaciones bancarias.\n<\/p>\n<p>El Sistema de Recaudaci\u00f3n por acreditaciones bancarias (SIRCREB) se encuentra reglamentado por la Comisi\u00f3n Arbitral, a trav\u00e9s de la resoluci\u00f3n general 10\/2006. En funci\u00f3n a que las diferentes jurisdicciones decidieron diversificar las al\u00edcuotas que se aplican sobre las retenciones, se estableci\u00f3 que el sistema entrega todos los meses a los agentes de recaudaci\u00f3n, un padr\u00f3n de contribuyentes alcanzados por el r\u00e9gimen que se encuentra disponible en el sitio www.sircreb.gov.ar, los d\u00edas 25 de cada mes o d\u00eda h\u00e1bil inmediato anterior.\n<\/p>\n<p>Ese padr\u00f3n contiene <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/396060-como-sacar-el-cuit-paso-a-paso-para-gestionarlo\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">el n\u00famero de CUIT del contribuyente<\/a>, el Nombre o la Raz\u00f3n Social, la Jurisdicci\u00f3n, el Per\u00edodo, C\u00f3digo de Redundancia y una letra que identificar\u00e1 la al\u00edcuota de retenci\u00f3n aplicable a cada contribuyente puede ir de 0,01% al 2,5%.\n<\/p>\n<p>Asimismo, <strong>cada provincia informa a la Aduana la tasa que deber\u00e1 utilizarse en el momento en que se importa un bien<\/strong>, que estar\u00e1 influenciado por los niveles de incumplimiento que surgen del padr\u00f3n de contribuyentes. Este sistema denominado SIRPEI (Sistema del R\u00e9gimen de Percepciones de importaciones), se encuentra reglamentado por la Resoluci\u00f3n 6\/2020. Las al\u00edcuotas son definidas por cada jurisdicci\u00f3n.\n<\/p>\n<p>En la Ciudad de Buenos Aires, las retenciones de ingresos brutos que hacen los clientes, surgen del cuadro de al\u00edcuotas que se definen seg\u00fan la matriz de riesgo fiscal del contribuyente, pudiendo llegar hasta el 4,5%. En cuanto a las percepciones de ingresos brutos, que aplican los proveedores en las facturas, surgen del cuadro de al\u00edcuotas, determinadas seg\u00fan el riesgo fiscal de los contribuyentes, pudiendo llegar hasta el 6%.\n<\/p>\n<p>La Resoluci\u00f3n 52\/18 de la Administraci\u00f3n Gubernamental del Ingresos P\u00fablicos (AGIP), establece la &#8220;Matriz de Perfiles de Riesgo Fiscal&#8221;, mediante la cual se&nbsp;categoriza a los contribuyentes del Impuesto sobre los <a href=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/408178-ingresos-brutos-se-actualizan-los-parametros-del-regimen-simplificado\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Ingresos&nbsp;Brutos.<\/a> Se realiza de conformidad con los par\u00e1metros de evaluaci\u00f3n de su conducta tributaria durante el plazo de 24 meses o desde la fecha de inicio, en caso que \u00e9sta fuese menor, los&nbsp;que se computar\u00e1n hasta los vencimientos operados en los 2 meses inmediatos&nbsp;anteriores a la calificaci\u00f3n. La antig\u00fcedad en la inscripci\u00f3n del impuesto debe ser mayor de 6 meses. La evaluaci\u00f3n y conformaci\u00f3n del padr\u00f3n de los perfiles se realizar\u00e1 trimestralmente\n<\/p>\n<p>En la Provincia de Buenos Aires, las retenciones y las percepciones de ingresos brutos se aplican considerando la tabla de tasas, que est\u00e1 definida seg\u00fan la matriz de riesgo fiscal de cada contribuyente. Las al\u00edcuotas, para ambos reg\u00edmenes, pueden llegar al 8%, seg\u00fan la nota de riesgo fiscal colocada al contribuyente. La resoluci\u00f3n normativa 32\/16 estableci\u00f3 las categor\u00edas de riesgo fiscal de los contribuyentes de ingresos brutos. El encuadre ser\u00e1 tenido en cuenta para la fijaci\u00f3n de las al\u00edcuotas de los reg\u00edmenes generales de retenci\u00f3n y percepci\u00f3n en funci\u00f3n de par\u00e1metros directamente relacionados con los incumplimientos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Las categor\u00edas se encuentran dispuestas en orden creciente (categor\u00eda 0: sin riesgo fiscal; categor\u00eda 4: alto riesgo fiscal) y rigen por cada cuatrimestre. La calificaci\u00f3n asignada al contribuyente tendr\u00e1 validez para un cuatrimestre calendario determinado (enero-abril, mayo-agosto, septiembre-diciembre)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"\n<div class=\"media_block\"><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/latecordoba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/afip-usa-inteligencia-artificial-para-detectar-irregularidades.jpg\"><\/div>\n<p> El ente recaudador busca desv\u00edos e incumplimientos respecto de tributos nacionales y provinciales. \u00bfQu\u00e9 tipo de controles implementa <iframe width=\"0\" height=\"0\" border=\"0\"> <script> (function(i,s,o,g,r,a,m){i['GoogleAnalyticsObject']=r;i[r]=i[r]||function(){ (i[r].q=i[r].q||[]).push(arguments)},i[r].l=1*new Date();a=s.createElement(o), m=s.getElementsByTagName(o)[0];a.async=1;a.src=g;m.parentNode.insertBefore(a,m) })(window,document,'script','https:\/\/www.google-analytics.com\/analytics.js','ga'); ga('create', 'GTM-5LW5KQD', 'auto'); ga('require', 'displayfeatures'); ga('set', 'campaignSource', 'RSS Client for iProfesional'); ga('set', 'campaignMedium', 'RSS Client for iProfesional'); ga('set', {\"dataSource\": \"rss.atom.iprofesional.com\"}); ga('set', {\"referrer\": \"rss.atom.iprofesional.com\"}); ga('set', 'title', 'RSS Client for iProfesional'); ga('send', 'pageview'); <\/script> <!-- Begin comScore Tag --> <script> var _comscore = _comscore || []; _comscore.push({ c1: \"2\", c2: \"16597048\" }); (function() { var s = document.createElement(\"script\"), el = document.getElementsByTagName(\"script\")[0]; s.async = true; s.src = \"https:\/\/sb.scorecardresearch.com\/cs\/16597048\/beacon.js\"; el.parentNode.insertBefore(s, el); })(); <\/script> <noscript> <img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/latecordoba.com\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/afip-usa-inteligencia-artificial-para-detectar-irregularidades.gif\"> <\/noscript> <!-- End comScore Tag --> <\/iframe> <iframe border=\"0px\" style=\"display: none\" width=0 height=0 src=\"https:\/\/www.iprofesional.com\/ga4.html?gtag_id=G-N13KWJP8BK&amp;title=AFIP usa inteligencia artificial para detectar irregularidades&amp;location=https:\/\/www.iprofesional.com\/impuestos\/415331-afip-caza-contribuyentes-con-inteligencia-artificial-como-hace&amp;referrer=rss.atom.iprofesional.com&amp;ci=RSS Client for iProfesional&amp;cs=RSS Client for iProfesional&amp;cm=RSS&amp;cn=RSS Client for iProfesional&amp;cc=RSS Client for iProfesional\"><\/iframe>  <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":28708,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[13],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28707"}],"collection":[{"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28707"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28707\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/28708"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28707"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28707"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/latecordoba.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28707"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}